dissabte, d’agost 28, 2010

La Constitucion de la Habana , 1928

Joaquin Roy. El Nuevo Herald, agosto 29 de 2003.

Barcelona -- Entre el 15 de agosto y el 2 de octubre de 1928, hace 75 años, Francesc Macià, quien luego sería presidente de Cataluña, fue testigo ilustre en la ciudad de La Habana de la preparación y celebración de una asamblea del exilio y la emigración catalana en Cuba, que aprobó la llamada "Constitución de La Habana''.

Se trata de un documento singular del constitucionalismo catalán, el único no diseñado y aprobado en Cataluña u otorgado por el poder central, antecedente del estatuto autonomista actual. En rigor, este documento fue redactado casi en su totalidad de su espíritu y contenido por Josep Conangla i Fontanilles, nacido en Montblanc, varias veces presidente del Centre Catalá habanero. Periodista destacado, había arribado por primera vez a Cuba como recluta en la desastrosa guerra de 1895 a 1898, y luego de su repatriación resolvió regresar para siempre a su tierra de adopción. Conangla insistía en que Catalunya no tenía nada en común con el estado español, al que calificaba como artificioso, y recordaba las diversas intentonas de independencia y la necesidad de que fuera una labor de todas las clases sociales.
En los 36 títulos, divididos en 302 artículos, del proyecto constitucional destacaban algunos aspectos que merecen especial atención. Se reconocían los criterios ''liberales'' y democráticos de Cataluña, y se advertía que ''las clases económicas altas'' no habían servido convenientemente al catalanismo. Al mismo tiempo, se hacía un llamado al ''proletariado'' para que no desconfiara de las consignas independentistas, porque con la independencia se liberarán de las cargas anteriormente impuestas por el sistema económico y político.

En la estructuración del territorio se revitalizarían las comarcas, se suprimían las provincias, y una vez conseguida la efectiva independencia, Cataluña podría establecer fórmulas confederales con otras ''regiones españolas'', de habla catalana o no, y además este potencial se hacía extensivo especialmente a Portugal.

El voto sería directo, universal y secreto para la elección de los cargos parlamentarios y municipales. Las condiciones para ser elector o elegible incluirían la mayoría de edad y el saber hablar y escribir en catalán. El Parlamento catalán (en el que habría una representación especial de la emigración) tendría una sola cámara, pues se consideraba que el Senado era una institución inútil y comprometida con el sistema monárquico absolutista. Pero el método electivo para seleccionar al jefe de estado por medio de sistema indirecto, votado por una Asamblea de Compromisarios, electos por los Consejos Comarcales. Este sistema también se aplicaría a la elección del presidente del Tribunal Supremo.

El trabajo (por profesión u oficio) sería una obligación incluso para los rentistas. La actividad económica estaría fomentada por la actuación de asociaciones profesionales, siguiendo los modelos inglés y austríaco. Se prohibiría explícitamente la mendicidad y la vagancia. La jornada laboral sería de ocho horas con asueto sabatino ''a la inglesa''. El trabajo estaría prohibido a los menores de 16 años, y el nocturno no permitido para las mujeres y los menores de 18.

La enseñanza estaría dividida entre la primaria (obligatoria y gratuita) y la secundaria, la superior y la técnica (de organización libre, pero bajo la regulación del estado). Se desterraría la enseñanza tradicional de tipo pasivo y memorístico.
Aparte del catalán obligatorio, se impartirían cursos de castellano (también obligatorio) y dos idiomas optativos,
uno de ellos obligatorio.

En cuanto a la relación entre el poder civil y el eclesiástico se establecería una separación total entre la Iglesia y el estado, aunque se reconocía la enraizada tradición católica de la mayoría de los catalanes. Algunas costumbres que se consideraban bárbaras o identificadas con un españolismo indeseable, como el boxeo o las corridas de toros, serían prohibidas.

Una vez finalizadas las febriles jornadas de la visita de Macià, las actividades de los catalanes independentistas en Cuba se mantuvieron expectantes de los cambios políticos en Cataluña y en España.
Las risueñas perspectivas de las reuniones independentistas de La Habana recibieron nuevo ímpetu cuando la monarquía española iba cayendo por su propio peso, primero con el abandono de Primo de Rivera y después con la abdicación de Alfonso XIII en abril de 1931.
Sin embargo, el espectacular entusiasmo de la simultánea declaración de las repúblicas española en Madrid y la catalana en Barcelona, se vio defraudado, sobre todo en La Habana, por la evolución posterior de la política de Macià.
Conangla reflejó luego esta preocupación en una serie de publicaciones posteriores en las que se dejaba traslucir su desánimo. Trataba de explicar a los cubanos que el separatismo catalán nunca había sentido odio hacia los demás pueblos hispánicos, sino que simplemente había tratado de sublimar unas ansias de libertad que también habían estado suprimidas en el resto de España. Conangla creía que durante la guerra civil los líderes catalanes habían actuado con cierta pusilanimidad y que Madrid no habría estado entonces en condiciones de oponerse a una decidida política independentista catalana.
Ciertamente duro con Macià, consideraba que no había actuado de acuerdo con las posibilidades de futuro, ya que el gobierno central nunca había conseguido dar plenas satisfacciones a los catalanes por el ''método de la concesión'', como así se calificaba el estatuto con el que se diluyó la independencia.
El resto es historia. La lectura del espíritu y la letra de aquella constitución es un fructífero ejercicio en las circunstancias de hoy, cuando Cataluña se siente insatisfecha con las limitaciones de la autonomía y el gobierno vasco amenaza con una solución más radical. Mientras, Madrid responde con el inmovilismo. El tema dominará las elecciones para el gobierno autónomo de Cataluña, previstas para noviembre.